Conferencia Internacional sobre Atención Primaria de Salud. Alma-Ata 12- Sept-1978
Punto Vl: “Es la asistencia sanitaria esencial basada en MÉTODOS Y TECNOLOGÍAS PRÁCTICOS, CIENTÍFICAMENTE FUNDADOS Y SOCIÁLMENTE ACEPTABLES, puesta al alcance de TODOS LOS INDIVIDUOS Y FAMILIAS DE LA COMUNIDAD …. Representa el PRIMER NIVEL de contacto de estos con el Sistema Nacional de Salud …”
Punto Vll: “Se basa en la aplicación de los resultados pertinentes de las INVESTIGACIONES sociales biomédicas y sobre servicios de salud y en la EXPERIENCIA acumulada en materia de Salud Pública.”
“Se orienta hacia los principales problemas de la salud de la comunidad y presta los servicios de PROMOCIÓN, PREVENCIÓN, TRATAMIENTO Y REHABILITACIÓN necesarios para resolver estos problemas.”
“Exige la participación del individuo y de la comunidad en la PLANIFICACIÓN, ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y CONTROL de la Atención Primaria de Salud.”
Objetivos Atención Primaria de Salud:
- ELEVACIÓN DEL NIVEL DE SALUD
- ELEVACIÓN DEL NIVEL DE CALIDAD
- PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD, ASISTENCIA CURATIVA
- ASISTENCIA SANITARIA INDIVIDUAL Y COLECTIVA, AMBULATORIA, DOMICILIARIA Y DE URGENCIAS.
- DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO TEMPRANO DE LAS ENFERMEDADES. n
- EDUCACIÓN SANITARIA.
- VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA.
- PLANIFICACIÓN, ORGANIZACIÓN, DIRECCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS SERVICIOS SANITARIOS.
- SALUD MATERNO-INFANTIL, LABORAL, MENTAL Y AMBIENTAL.
- PARTICIPACIÓN COMUNITARIA.
- REINSERCIÓN SOCIAL.
- INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA.
- COORDINACIÓN CON LOS DEMÁS SERVICIOS SANITARIOS
CARTERA DE SERVICIOS COMUNES Recogen las técnicas, tecnologías y procedimientos que están incluidos en la misma.
RD 1030/2006, de 16 de septiembre
- SALUD PÚBLICA.
- ATENCIÓN PRIMARIA.
- ATENCIÓN ESPECIALIZADA.
- ATENCIÓN DE URGENCIA.
- PRESTACIÓN FARMACEÚTICA.
- PRESTACIÓN ORTOPROTÉSICA.
- PRODUCTOS DIETÉTICOS.
- TRANSPORTE SANITARIO.
Cartera servicios comunes para atención primaria:
- ATENCIÓN SANITARIA A DEMANDA, PROGRAMADA Y URGENTE, EN CONSULTA O A DOMICILIO
- INDICACIÓN Y REALIZACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DIAGNÓSTICOS Y TERAPEÚTICOS.
- PREVENCIÓN, PROMOCIÓN DE LA SALUD, ATENCIÓN FAMILIAR Y COMUNITARIA
- ACTIVIDADES DE INFORMACIÓN Y VIGILANCIA EN LA PROTECCIÓN DE LA SALUD
- REHABILITACIÓN BÁSICA.
- SERVICIOS ESPECÍFICOS RELATIVOS A LA MUJER, LA INFANCIA, LA ADOLESCENCIA, ADULTO, TERCERA EDAD, GRUPOS DE RIESGO Y ENFERMOS CRÓNICOS.
- ATENCIÓN PALIATIVA A ENFERMOS TERMINALES.
- ATENCIÓN A LA SALUD MENTAL EN COORDINACIÓN CON LAS SERVICIOS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA.
- ATENCIÓN A LA SALUD BUCODENTAL
Equipo de Atención Primaria Conjunto de profesionales, SANITARIOS Y NO SANITARIOS cuyo ámbito territorial de actuación es la Zona Básica de Salud y con localización física principal en el Centro de Salud. (Ordenación de la Atención Primaria. RD 137/1984 de 11 de enero sobre Estructuras Básicas de Salud)
Composición del Equipo de Atención Primaria
- Médicos de Familia,
- Pediatra de Zona,
- DUE y/o practicantes de Zona,
- Auxiliares de Enfermería.
- Matrona.
- Farmaceuticos.
- Veterinarios.
- Trabajadores Sociales o Asistentes Sociales.
- Administrativos
LOS EAP SON ELEMENTOS ORGANIZATIVOS DE CARÁCTER Y ESTRUCTURA JERARQUIZADOS, BAJO LA DIRECCIÓN DE UN COORDINADOR MÉDICO
Funciones del EAP
- Asistencia sanitaria ambulatoria, domiciliaria y de urgencia.
- Promoción de la salud, prevención de la enfermedad y reinserción social.
- Educación sanitaria de la población.
- Diagnóstico de salud de la Zona. Posterior realización de programas sanitarios que específicamente determine el mismo.
- Evaluación de actividades realizadas/resultados obtenidos.
- Formación pregrado y postgrado de atención sanitaria.
- Participar en los programas de salud mental, laboral y ambiental.
Directrices de actuación:
- Garantizar la atención continuada e integral.
- Trabajo en equipo, con objetivos comunes y colaboración mutua.
- Coordinación con los servicios sanitarios y sociales del Área de Salud.
- Participación de la comunidad en la gestión de los Servicios Sanitarios.
- Coordinación funcional y técnica con el nivel de Atención Especializada. (derivación de pacientes, realización de pruebas complementarias…)
Régimen de personal:
- Jornada de trabajo de 40 horas semanales.
- Turnos rotativos entre los miembros del EAP para la asistencia continuada de urgencia.
- Libre elección de médico dentro de la Zona de Salud.
- El EAP dependerá funcionálmente de un Coordinador Médico del Equipo. Nombrado por tiempo indefinido de entre los miembros del EAP.
Centro de Salud RD 137/1984, de 11 enero.
Art. 2.-” ES LA ESTRUCTURA FÍSICA Y FUNCIONAL QUE PERMITE
EL ADECUADO DESARROLLO DE UNA ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD
COORDINADA GLOBÁLMENTE, INTEGRAL, PERMANENTE Y
CONTINUADA, Y CON BASE EN EL TRABAJO DE EQUIPO DE LOS
PROFESIONALES SANITARIOS Y NO SANITARIOS QUE ACTÚAN
EN EL MISMO.”
Funciones del EAP
- Funciones generales:
- 1. Albergar la estructura física de consultas y servicios asistenciales.
- 2. Albergar los recursos materiales necesarios.
- 3. Servir como centro de reunión entre la comunidad y los profesionales sanitarios.
- 4. Facilitar el trabajo en equipo de los profesionales sanitarios de la Zona.
- 5. Mejorar la organización administrativa de la atención de salud en la Zona.
- Funciones asistenciales
- Asistencia preventiva de enfermedades.
- 2. Promoción de la salud, participación comunitaria.
- 3. Asistencia curativa y rehabilitadora con derivación a especializada.
- 4. Educación sanitaria.
- 5. Vigilancia sanitaria del medio.
- 6. Salud laboral.
- 7. Formación continuada y formación pre/postgrado.
- 8. Investigación clínico-epidemiológica y administrativa en la Zona de Salud.
- 9. Planificación, organización y evaluación de los servicios sanitarios
Reglamento general de organización y funciones de los centros de salud
- Régimen asistencial.
- Régimen de personal.
- Régimen de usuarios.
- Sistema de citas.
- Recepción, información, reclamaciones…
- Unidades funcionales.
- Horario de funcionamiento y consultas.
La ZBS delimita una Zona Médica.
Se fija un municipio de cabecera donde se ubica el Centro de Salud. Éste
no será distante del resto de los municipios un tiempo
superior a treinta minutos con los medios habituales de
locomoción.
La delimitación territorial se hace en base a criterios demográficos,
geográficos y sociales.
La ZBS abarcará a una población comprendida entre los cinco mil y los veinticinco mil habitantes.
Profesional de enfermería en Atención Primaria
Es creado en la Orden 14 de junio de 1984.
FUNCIONES:
- 1. Atención directa o asistencial.
- 2. Formativa o docente
- 3. Investigadora.
- 4. Administrativa.
Atención especializada
Segundo nivel del Sistema de Salud.
CARACTERÍSTICAS:
- 1. Cobertura sanitaria totalizadora.
- 2. Recursos humanos mas cualificados.
- 3. Medios materiales y técnicos mas sofisticados.
- 4. Descentralización y coordinación con el nivel de Atención Primaria.
OBJETIVOS
- Ofrecer a la población medios técnicos y humanos de diagnóstico, tratamiento y rehabilitación.
- Posibilitar la hospitalización.
- Atender las urgencias y emergencias.
- Prestar asistencia ambulatoria especializada.
- Promoción de la salud, prevención de las enfermedades, educación sanitaria.
- Investigación y docencia.
- Formación de profesionales sanitarios.
RÉGIMEN ASISTENCIAL
- 1. Régimen ambulatorio En los Centros de Atención Especializada.
- Consultas Externas (dentro del Hospital)
- Centros de Especialidades (fuera del Hospital)
- Centros de diagnóstico y tratamiento (anexas al Hospital) En los Centros de Salud.
- 2. Régimen de asistencia domiciliaria.
- 3. Régimen de internamiento en Hospital.
- 4. Régimen de “Hospital de día.”
- 5. Régimen de hospitalización domiciliaria.
- 6. Régimen de asistencia hospitalaria de urgencia.
REFORMA
Ley General de Sanidad.
Objetivos:
- 1. Concepción integral del Sistema de Salud.
- 2. Derecho a la protección de la salud y la asistencia sanitaria a todos los residentes en España.
- 3. Derecho a la asistencia pública y gratuita.
- 4. Coordinación de todas las estructuras sanitarias. Dotándose de nuevos medios y recursos y jerarquización de profesionales (Facultativo Especialista de Área).
CONTENIDO
- Asistencia especializada en consultas.
- “Hospital de día”, médico y quirúrgico.
- Hospitalización en internamiento.
- Realización de procedimientos diagnósticos y terapeúticos.
- Atención paliativa a enfermos terminales.
- Rehabilitación en pacientes con déficit funcional recuperable.
HOSPITALES RÉGIMEN JURÍDICO Reglamento aprobado por RD 521/87
En el 2002 pasan a ser gestionados por las Comunidades
Autónomas.
Según LGS art. 65, quedan adscritos a un Área de Salud.
Servicios de referencia son aquellos Servicios
jerarquizados de Especialidades que por sus
características deban prestar asistencia sanitaria a más de
un Área de Salud.
- ÓRGANOS DE DIRECCIÓN
- Director Gerente. Libre designación tras convocatoria pública en le Boletín Oficial. Superior autoridad del hospital. Ordena recursos humanos, físicos y financieros. Informes periódicos y memoria anual de gestión.
- Director Médico. Define y desarrolla objetivos de servicios médicos y otras Unidades de apoyo. Asegura el desarrollo del programa de Control de Calidad asistencial, docencia e investigación.
- Director de Enfermería. Define objetivos de los Profesionales de Enfermería del Hospital y Centros adscritos. Desarrolla el Programa de Actividad y Control Asistencial, docencia e investigación de Enfermería.
- Director de Gestión y Servicios Generales. Controla y administra los recursos económicos del Hospital. Servicios técnicos de mantenimiento, hostelería…, servicios no sanitarios en general. Gestión de personal. Planificar y adquirir suministros y materiales.
- Subdirector Gerente y Subdirectores de División. Sustitución del correspondiente Director en los casos de Vacante, ausencia o enfermedad, o funciones delegadas.
- COMISIÓN DE DIRECCIÓN DEL HOSPITAL
- Órgano colegiado de dirección. Integrada por los titulares de los órganos de dirección antes citados. Se reunen con periodicidad semanal.
- Funciones:
- Estudiar objetivos sanitarios y planes económicos.
- Seguimiento de las actividades de servicios hospitalarios.
- Tomar medidas pertinentes para el mejor funcionamiento de los servicios hospitalarios.
- Análisis y propuestas sobre el presupuesto anual y política de personal.
ORGANIZACIÓN DE LOS CUIDADOS ENFERMEROS EN
ATENCIÓN PRIMARIA Y ATENCIÓN ESPECIALIZADA
CENTROS PRIVADOS ATENCIÓN ESPECIALIZADA Ley General de Sanidad.
- Título VI: actividades sanitarias privadas.
- Art.88. Ejercicio libre de las profesiones sanitarias.
- Art. 89. La libertad de empresa en el sector sanitario.
- Art. 94. Todos los Centros y establecimientos sanitarios, incluidos los privados, estarán sometidos a la administración, control e inspección de las Administraciones sanitarias correspondientes. Todas las Administraciones Públicas podrán establecer conciertos con Centros sanitarios privados.
CENTROS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA RD 521/87
- CLASIFICACIÓN:
- 1. Hospitales.
- 2. Centros de Especialidades.
- 3. Centros de Diagnóstico y Tratamiento.
- 4. Otras estructuras mixtas.
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